Permuta estando en vacante?

Foro para atender todas las consultas sobre las cuestiones relativas al personal laboral de la Junta de Andalucía

Permuta estando en vacante?

Notapor gemis » 17 Jul 2014 18:22

hola me gustaria saber si podria hacer una permuta con otra persona de mi misma categoria logicamente, si ambas estamos en vacante?? gracias
gemis
 
Mensajes: 187
Registrado: 02 Sep 2009 16:08

Re: Permuta estando en vacante?

Notapor F.J. » 17 Jul 2014 23:16

Los trabajadores contratados temporales no pueden realizar permutas, ni entre trabajadores en su misma situación, ni con trabajadores fijos.
Saludos
F.J.
 
Mensajes: 822
Registrado: 29 Nov 2011 15:19

Re: Permuta estando en vacante?

Notapor MARILOLI » 18 Jul 2014 00:09

SÍ TENGO UNA COMPAÑERA QUE HA HECHO PERMUTA CON OTRA LAS SOS EN VACANTES DE LA MISMA CATEGORIA SOLO TIENES QUE ENCONTRAR A LA PERSONA QUE QUIERA PERMUTAR CONTIGO Y HACER UNA PETICIÓN EN LA CONSEJERIAS DE LA QUE DEPENDAIS Y EMPRENDER TRÁMITES QUE NO SON MUY DIFICILES.
MARILOLI
 
Mensajes: 46
Registrado: 29 Jun 2012 00:52

Re: Permuta estando en vacante?

Notapor Magneto » 18 Jul 2014 08:13

MARILOLI escribió:SÍ TENGO UNA COMPAÑERA QUE HA HECHO PERMUTA CON OTRA LAS SOS EN VACANTES DE LA MISMA CATEGORIA SOLO TIENES QUE ENCONTRAR A LA PERSONA QUE QUIERA PERMUTAR CONTIGO Y HACER UNA PETICIÓN EN LA CONSEJERIAS DE LA QUE DEPENDAIS Y EMPRENDER TRÁMITES QUE NO SON MUY DIFICILES.


MARILOLI, aclárame eso, por favor, aunque sea en privado... yo soy fijo... pero llevo menos de 1 año de antigüedad... en ese caso podría hacer una permuta antes de que se cumpla el año. Ponme en contacto, si no te importa, con esa compañera. Gracias.
=======================================================================
Antes de imprimir este mensaje, asegúrate de que es necesario. Proteger el medio ambiente está también en tu mano.
Magneto
 
Mensajes: 979
Registrado: 09 Jun 2009 09:46

Re: Permuta estando en vacante?

Notapor F.J. » 18 Jul 2014 12:27

Pongo lo que dice el convenio sobre las permutas.
Solo están autorizadas legalmente entre personal laboral fijo.:personal laboral fijo, fijo discontinuo o fijo con destino provisional

Artículo 24. Permutas.
1. La Consejería competente en materia de Función Pública podrá autorizar entre personal laboral fijo, fijo discontinuo o fijo con destino provisional la permuta de puestos de trabajo de idéntica naturaleza, cuando concurran las siguientes circunstancias:
a) Pertenencia al mismo Grupo y categoría profesionales.
b) Prestación mínima de un año de servicio continuado como personal laboral fijo o fijo discontinuo en el ámbito de este Convenio Colectivo, y siempre que resten al menos cinco años para la jubilación forzosa.
c) Emisión de informe previo por los órganos de representación de los trabajadores y trabajadoras o, en su defecto, por la Comisión
del Convenio, a la cual se dará cuenta de las permutas solicitadas.
d) Emisión de informe previo y favorable por el órgano competente en materia de personal del que dependa cada trabajador trabajadora.
2. Deberá transcurrir un plazo mínimo de tres años desde la concesión de una permuta para que se pueda autorizar otra a cualquiera de las personas interesadas. Asimismo, los trabajadores afectados no podrán participar en los procedimientos para la provisión de puestos de trabajo regulados en el artículo 20 de este Convenio Colectivo hasta transcurridos dos años de desempeño efectivo de los destinos obtenidos por permuta, excepto aquellas que tengan destino provisional.

Espero haber podido ayudar un poco. Saludos
F.J.
 
Mensajes: 822
Registrado: 29 Nov 2011 15:19

Re: Permuta estando en vacante?

Notapor F.J. » 18 Jul 2014 12:29

Aquí puedes descargar la solicitud rellenable:

https://ws045.juntadeandalucia.es/emple ... orales.pdf
F.J.
 
Mensajes: 822
Registrado: 29 Nov 2011 15:19

Re: Permuta estando en vacante?

Notapor Magneto » 18 Jul 2014 13:21

Está clarísimo... pero ya sabes que luego siempre hay excepciones. También en liberaciones... que tengo un ejemplo reciente.

F.J. escribió:Pongo lo que dice el convenio sobre las permutas.
Solo están autorizadas legalmente entre personal laboral fijo.:personal laboral fijo, fijo discontinuo o fijo con destino provisional

Artículo 24. Permutas.
1. La Consejería competente en materia de Función Pública podrá autorizar entre personal laboral fijo, fijo discontinuo o fijo con destino provisional la permuta de puestos de trabajo de idéntica naturaleza, cuando concurran las siguientes circunstancias:
a) Pertenencia al mismo Grupo y categoría profesionales.
b) Prestación mínima de un año de servicio continuado como personal laboral fijo o fijo discontinuo en el ámbito de este Convenio Colectivo, y siempre que resten al menos cinco años para la jubilación forzosa.
c) Emisión de informe previo por los órganos de representación de los trabajadores y trabajadoras o, en su defecto, por la Comisión
del Convenio, a la cual se dará cuenta de las permutas solicitadas.
d) Emisión de informe previo y favorable por el órgano competente en materia de personal del que dependa cada trabajador trabajadora.
2. Deberá transcurrir un plazo mínimo de tres años desde la concesión de una permuta para que se pueda autorizar otra a cualquiera de las personas interesadas. Asimismo, los trabajadores afectados no podrán participar en los procedimientos para la provisión de puestos de trabajo regulados en el artículo 20 de este Convenio Colectivo hasta transcurridos dos años de desempeño efectivo de los destinos obtenidos por permuta, excepto aquellas que tengan destino provisional.

Espero haber podido ayudar un poco. Saludos
=======================================================================
Antes de imprimir este mensaje, asegúrate de que es necesario. Proteger el medio ambiente está también en tu mano.
Magneto
 
Mensajes: 979
Registrado: 09 Jun 2009 09:46

Re: Permuta estando en vacante?

Notapor FLO » 18 Jul 2014 14:00

Con respecto a las permutas no hay excepciones. Otra cosa son los cambalaches... que los hay, y se hacen precisamente porque la normativa de la permuta no es amplia, entonces ya no depende de una norma, sino de el poder de influencia que tengan los intervinientes... Una pena que no sea una norma que daría garantías a todos independientemente de su pedigrí o capacidad de persuasión a los Delegados Territoriales.
FLO
 
Mensajes: 4679
Registrado: 27 Mar 2009 19:16

Re: Permuta estando en vacante?

Notapor Magneto » 18 Jul 2014 14:03

Bueno, llámalo cambalaches... aceptamos pulpo como animal de compañía ;)

FLO escribió:Con respecto a las permutas no hay excepciones. Otra cosa son los cambalaches... que los hay, y se hacen precisamente porque la normativa de la permuta no es amplia, entonces ya no depende de una norma, sino de el poder de influencia que tengan los intervinientes... Una pena que no sea una norma que daría garantías a todos independientemente de su pedigrí o capacidad de persuasión a los Delegados Territoriales.
=======================================================================
Antes de imprimir este mensaje, asegúrate de que es necesario. Proteger el medio ambiente está también en tu mano.
Magneto
 
Mensajes: 979
Registrado: 09 Jun 2009 09:46


Volver a Foro de Información General

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 24 invitados

cron