maribel escribió:Cuando la delegación o cualquier otro empresario manda una oferta de trabajo al SAE, el SAE sólo la registra, absolutamente todos los requisitos que se pide en la oferta los pone el empleador. Es absurdo que se diga que el SAE ha quitado la experiencia ya que normalmente el empleador pide que tenga experiencia en la ocupación, lo que sucede es que no puede pedir educación experiencia como monitor escolar ya que no es una ocupación, es una categoría profesional,y por tanto pide experiencia como técnico administrativo, o empleado administrativo como se solicito en la última oferta de monitores escolares. Busca en el Catálogo Nacional de Ocupaciones y veras que no existe monitor escolar
No se debe confundir empleador privado a empleador público. El empleador público tiene algunas restricciones más que el privado en el sentido que se debe regir por los principios de igualdad, mérito y capacidad. En el apartado de igualdad es dónde, según interpreta ahora la Administración, no se puede marcar experiencia en la Junta --por ejemplo-- como venía ocurriendo, porque de entrada está restringiendo el derecho a participar por ejemplo a otro trabajador con experiencia en otra Administración o empresa pública o privada. En el apartado de mérito y capacidad es dónde sí se contempla "favorecer" o poner en valor la experiencia en la Junta ya que es lo que más puntúa frente a otras administraciones o la privada, pero también de manera que esa experiencia no sea determinante frente a otros méritos como formación etc...