por Pepag. » 02 Oct 2014 19:50
Buenas tardes, la legislación establece que: “manipulador de alimentos”, es aquella persona que, por su actividad laboral, tiene contacto directo con los alimentos durante su preparación, fabricación, transformación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte, distribución, venta, suministro y servicio.
Los maestros no ejercen ninguna de estas actividades durante la vigilancia del comedor por lo que entiendo que no están obligados, otra cuestión diferente es que le dieran de comer a los niños/as en las que deberían vigilar una serie de medidas higiénicos sanitarias.