por Rafa Rivero » 04 Abr 2015 20:07
Pues sí, en este caso hablamos de 3 minutos de diferencia diaria entre el temporal de jornada ordinaria (37,50 horas) y el temporal a 40 horas semanales (cada cual que le dé la importancia que quiera a 3 minutos, yo respondo a lo que me preguntan) o lo que es lo mismo 30 minutos diarios hay entre la jornada ordinaria y la especial de comedores (de 37,50 a 40 horas semanales, 2,50 horas de más cada semana, 150 minutos), y efectivamente como dice FJ, incluso así estarías trabajando más que el de jornada ordinaria, pues su referencia es las 37,50 y la del personal de cocina la referencia es 40 horas semanales, pero es que vuelvo a decir, estamos hablando de jornadas especiales y aplicar las reglas de la jornada ordinaria a las jornadas especiales no me parece correcto, lo correcto es que al negociar las jornadas especiales se entre también en estos detalles y recordar que los temporales deben trabajar un 10% menos que los fijos también en el caso de los que tienen jornadas especiales, pues también el personal fijo de comedores escolares, que disfruta de los mismos descansos, realiza un número de horas semanales y el temporal debería realizar el 10% menos que el personal fijo de su misma categoría de jornada especial. Eso sería lo que se debería haber concretado o debería concretarse al fijar la jornada especial.
Lo que digo para comedores puede hacerse extensivo a otras jornadas especiales, como mee, monitor escolar, educadores, guarderías, menores....En todos estos casos los temporales deberían tener un 10% menos que lo que realizan los fijos de su misma categoría, del calendario que se haya negociado como jornada especial en cada caso, pues es lo que cobran de menos.