Para Rafa Rivero: Fundaciones

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Para Rafa Rivero: Fundaciones

Notapor NESSY » 06 Abr 2015 10:42

Hola, Rafa. Me gustaría que me indicases si tienes alguna referencia de la Fundación Pública Andaluza para la Mediación y el Arbitraje (MEDIARA). No tengo claro si sus trabajadores son empleados públicos de los "de siempre"(personal laboral de la Junta y funcionarios) o si se trata de trabajadores de las antiguas empresas públicas, que fueron incluidos en la Junta.
Sobre todo, me interesa conocer la estabilidad del personal: si trabajar en una fundación es igual de estable que trabajar para una consejería.
Gracias de antemano.
NESSY
 
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Re: Para Rafa Rivero: Fundaciones

Notapor Rafa Rivero » 06 Abr 2015 11:37

Laborales y funcionarios no son, son contratados de una empresa pública que paga la Junta de Andalucía, es decir la denominada Administración paralela.
Rafa Rivero
 
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Re: Para Rafa Rivero: Fundaciones

Notapor NESSY » 06 Abr 2015 11:46

Gracias Rafa, por responder tan pronto.
Mi pregunta era porque he visto que se ha publicado una convocatoria para trabajar ahí, y no tenía claro de qué tipo de personal se trataba. De todas formas, es un poco raro, porque se trata de la "contratación de personal funcionario o laboral con una relación preexistente de carácter fijo o indefinido"???
No sé en qué punto deja esta convocatoria a la persona que contraten: si era funcionario o laboral y lo contratan, cuando termine su contrato ¿vuelve a su puesto, o ya no tiene opción?
No lo veo claro.
NESSY
 
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Re: Para Rafa Rivero: Fundaciones

Notapor F.J. » 06 Abr 2015 11:53

Salvo una explicación mejor.
Según su web es una entidad sin ánimo de lucro que se constituye el 30 de noviembre de 2009 al amparo de la Ley 10/2005 de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Tiene características de Patronato.
La Junta tiene muchas "fundaciones" similares y todas llevan perdiendo dinero prácticamente desde que se constituyeron.
Es el órgano que rige la fundación quien contrata a través de su departamento de recursos humanos. Deben tener aprobada una Instrucción en la que se regulen los procedimientos de contratación de forma que quede garantizada la efectividad de los principios de publicidad, transparencia, igualdad, no discriminación, etc.
Y no son personal laboral de la Junta.

La FUNDACIÓN tiene:
+ Patrimonio adscrito a un fin de interés general.
+ Personalidad jurídica y organización propias.
Los resultados de la fundación se deben medir no solamente por la actividad directa que desarrolla sino también por el impacto que crea en su entorno.
Puede compatibilizar la figura del trabajador con algún tipo de cargo como miembro de la Junta.
Existe un fundador que puede dejar cerrados los fines y los cargos de la Junta de Patronato, pudiendo llegar a ser éstos de carácter vitalicio (más control sobre los fines de la fundación).
Las decisiones las toma la Junta de Patronato. Los gestores dan su opinión y presentan balances.
Exige una dotación fundacional que acredite la viabilidad del proyecto. Esta dotación presupuestaria la cubre la Junta y con cargo a ella cubre todas sus necesidades.
Saludos
F.J.
 
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Re: Para Rafa Rivero: Fundaciones

Notapor NESSY » 06 Abr 2015 11:57

Muchas gracias, F.J.
NESSY
 
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