por Rafa Rivero » 24 Abr 2015 15:39
Cobraras la parte de la paga extra (sueldo, complemento de categoría y antigüedad) que es lo que te venían abonando por ejemplo en la paga de diciembre de 2014 y la parte que denominan complementaria, que es la que no se venía cobrando desde 2012 (complemento puesto de trabajo y complemento de convenio).