Requisito Oficial Segunda Oficios.

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Requisito Oficial Segunda Oficios.

Notapor perla » 25 Abr 2015 09:01

Buenos días, después de ver lo que han hecho con las bolsas de jefe de servicios técnicos y mantenimiento (excluir tanta gente por no cumplir la nueva titulación como requisito), me gustaría saber ya que están aplicando esta nueva modificación del requisito si se ha modificado también la de Oficial de segunda de oficios, ya que en su día entregue el graduado escolar, ¿basta con el graduado escolar para esa categoría o se ha cambiado?.
Gracias.
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Re: Requisito Oficial Segunda Oficios.

Notapor genesis » 25 Abr 2015 10:30

Creo que el graduado escolar equivale a la formacion profesional de primer grado,y cumples con el requisito.
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Re: Requisito Oficial Segunda Oficios.

Notapor Rafa Rivero » 25 Abr 2015 12:01

Lo han hecho con más categorías, pero Oficial Segunda no debería tener problemas pues incluso aplicando la Reclasificación sigue valiendo el art 13 del convenio para esta categoría.
Rafa Rivero
 
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Re: Requisito Oficial Segunda Oficios.

Notapor perla » 25 Abr 2015 17:41

A ver si me lo podeis explicar un poco lo de la modificacion de la clasificación del boja numero 14 de 22 de enero de 2015, ya que ahí dice que se modifica parcialmente el articulo 13, y luego pone;

- Grupo IV: Forman este Grupo y se integrarán en él las categorías profesionales que requieren al
personal estar en posesión de título de Formación Profesional de Grado Medio o equivalente, o certificado de
profesionalidad de nivel 2 que acredite la cualificación profesional para cada una de las categorías profesionales
de este Grupo.


Por eso he supuesto que hay que tener un grado medio o equivalente, y mas abajo en ese documento pone;

CATÁLOGO DE CATEGORÍAS PROFESIONALES Y REQUISITOS DE ACCESO EN LOS GRUPOS III , IV Y V

Oficial Segunda de Oficios. Requisitos de acceso: Generales del Grupo IV (artículo 13) y según oficios
determinados por la RPT.


Aquí pone Generales del grupo IV (articulo 13), pero claro el artico 13 lo modifica mas arriba ¿no?, en fin, no llego a entenderlo el por que no me afecta si yo por mas que lo leo detenidamente solo entiendo que han subido la titulación a un grado medio como requisito para todas las categorias del grupo IV.
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Re: Requisito Oficial Segunda Oficios.

Notapor GREGO_MORE_67 » 25 Abr 2015 22:35

Hola en mi opinión la firma del sistema de clasificación por parte de Comisiones Obreras y CSIF nos han jodido a todos y todas porqué es lo que comentáis la titulación mínima exigida es técnico de grado medio o su equivalencia graduado de Eso. De echo en la bolsa de conductor a mí me han excluido habiendo presentado el Graduado Escolar. Cocos y CSif en las urnas nos veremos. Saludos
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Re: Requisito Oficial Segunda Oficios.

Notapor FLO » 26 Abr 2015 11:46

GREGO_MORE_67 escribió:Hola en mi opinión la firma del sistema de clasificación por parte de Comisiones Obreras y CSIF nos han jodido a todos y todas porqué es lo que comentáis la titulación mínima exigida es técnico de grado medio o su equivalencia graduado de Eso. De echo en la bolsa de conductor a mí me han excluido habiendo presentado el Graduado Escolar. Cocos y CSif en las urnas nos veremos. Saludos


A efectos laborales el Graduado Escolar es equivalente al Graduado en ESO. Reclama tu exclusión porque esa titulación es válida, aparte de tener el carnet de conducir. Incluso es válido tres meses de experiencia en el puesto, ya que la titulación exigida no es específica --no hay título de conductor-- y en ese caso también es válido la experiencia en el puesto como requisito de titulación.


Así viene expresado en el Acuerdo de 14 de noviembre de 2014:

Solo podrá acceder a aquellas categorías profesionales de los Grupos III y IV en las que se requiere una titulación académica o un certificado de profesionalidad concretos, quien se halle en posesión de la titulación académica requerida o, en su caso, del certificado de profesionalidad de que se trate.

Para aquellas categorías profesionales de los Grupos III y IV en las que no se requiere una titulación académica o un certificado de profesionalidad concretos, se podrá acceder siempre que se acredite una titulación académica del nivel requerido para cada Grupo o formación laboral equivalente, o prestación de servicios mediante contratos de trabajo por un período mínimo de tres meses en una categoría profesional con funciones análogas a las establecidas en el VI Convenio Colectivo, para ejercer las funciones descritas en las categorías que integran este Grupo. En los Grupos III y IV se considerarán titulaciones académicas del nivel requerido para cada Grupo las de Bachiller o equivalente y Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o equivalente, respectivamente.

Para los Grupos III, IV, V se entenderá que se está en posesión de la formación laboral equivalente cuando se hubiese demostrado experiencia profesional específica en la categoría profesional concreta de al menos tres meses, o superado curso de formación profesional directamente relacionado con dicha categoría, impartido por centro oficial reconocido para dicho cometido, con una duración efectiva de al menos 50 horas para el Grupo V, 200 horas para el Grupo IV y 300 horas para el Grupo III.
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Re: Requisito Oficial Segunda Oficios.

Notapor GREGO_MORE_67 » 26 Abr 2015 12:13

Gracias, así lo haré. La verdad tengo que decir que el verdadero sindicalismo está en los que lucha por los trabajadores. Gracias USTEA
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Re: Requisito Oficial Segunda Oficios.

Notapor perla » 26 Abr 2015 12:25

¿Flo entonces a mi se me aplica de igual manera para oficial de segunda de oficios que a GREGO-MORE-67 para conductor? Quiero decir, ¿el graduado escolar vale o no, como requisito para oficial de segunda, ¿ incluso si me aplican la re clasificación? A ver si me lo podéis explicar por favor y me dejo de comer el talento, porque cada vez que salvo un obstáculo me encuentro con otro nuevo, empiezo a pensar que tienen algo en contra miaaaaa, y para colmo esta nublado. Ainnnnnnsssss Diiiiioooosss Baaaaaajjaaaaaa y llévate a más de unoooo.
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Re: Requisito Oficial Segunda Oficios.

Notapor Uselito » 26 Abr 2015 21:45

Perla yo creo que el graduado escolar equivale a grado medio, eso y bachiller elemental para acceder a un trabajo publico y privado, lo he estado mirando en la pagina de aducacion EQUIVALENCIAS, echale un vistazo, lo que no llego a entender es lo de GREGO_MORE_67, que dice que le han expulsado de la bolsa de conductor, me imagino que ellos te descartan y si no alegas ya estas FUERA, digo yo, puesto que creo que también debe CUMPLIR el requisito como tu. De todas manera a ver si hay alguien que sepa mas que yo (que habran bastantes) y comenta algo mas sobre el tema, y por su puesto asegúrate de todo porque aquí se te van los plazos rápido y ya estas fuera, no hay retroceso aunque te vayas a la puerta de DEFUNCION PUBLICA con dos velas y un pañuelo.
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Re: Requisito Oficial Segunda Oficios.

Notapor perla » 27 Abr 2015 07:46

Eso es a lo que me refería yo, si cuando ahora salgan las definitivas de CUMPLEN y se les aplique la modificación de clasificación como a conductores me puede suceder lo mismo que a GREGO_MORE_67 y me quedé excluida por haber presentado el graduado escolar, vamos lo que se pedía.
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