biblio43 escribió:Los traslados aparecen recogidos en el vigente VI convenio Colectivo en el artículo 20 como provisión de puestos en el se dice:
1Los puestos de trabajo adscritos al personal laboral que se encuentren vacantes y presupuestariamente dotados se proveerán por el procedimiento de concurso de traslados, por el cual el personal fijo o fijo discontinuo opta a la cobertura de los puestos que con tal carácter correspondan a la categoría profesional que se ostenta, siempre que se reúna los requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo y se tenga al meno un año de antigüedad con dicha condición en la categoría profesional desde la que se concursa.
2 La Conserjería competente en materia de Función Pública efectuará la convocatoria, tramitación y resolución del concurso de traslados relativos a puestos vacantes y presupuestariamente dotados que existan...
El punto del orden del día en el cual se habla de provisión de puestos seguramente tendrá relación con el tan esperado concurso de traslados.
Gracias biblio43
