RECUPERACION DEL 100% DE LA JORNADA DE TRABAJO

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RECUPERACION DEL 100% DE LA JORNADA DE TRABAJO

Notapor MARILOLI » 18 Nov 2015 22:23

BUENAS NOCHES. ME GUSTARIA SABER SI ES CIERTO QUE LOS EMPLEADOS SUSTITUTOS DE GUARDERIAS VAMOS A RECUPERAR EL 10% DE LA JORNADA LABORAL A PARTIR DE ENERO DE 2016.
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Re: RECUPERACION DEL 100% DE LA JORNADA DE TRABAJO

Notapor Pepag. » 19 Nov 2015 10:25

MARILOLI escribió:BUENAS NOCHES. ME GUSTARIA SABER SI ES CIERTO QUE LOS EMPLEADOS SUSTITUTOS DE GUARDERIAS VAMOS A RECUPERAR EL 10% DE LA JORNADA LABORAL A PARTIR DE ENERO DE 2016.


Buenos días, el "compromiso" que ha firmado la Junta te cito: TERCERO: Recuperación de los derechos suspendidos por la Ley 3/2012, de 21 de septiembre.
"El Gobierno andaluz asume el compromiso de proceder, en la presente legislatura y previa negociación de un calendario en el ámbito de la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, a la recuperación progresiva de los derechos suspendidos por la Ley 3/2012, de 21 de septiembre, no sujetos a las limitaciones impuestas por la legislación básica del Estado, siempre con sujeción a la necesaria suficiencia financiera".. Te marco en negrita aspectos importantes,la previa negociación de calendario y la sujeción a la necesaria suficiencia financiera.
"En este sentido, se llevará a cabo la recuperación del 100% de la jornada y el 100% de las retribuciones del personal funcionario interino, personal estatutario temporal, personal laboral temporal e indefinidos no fijos en toda la administración de la junta de Andalucía el 1 de enero de 2016".
Lo que quiero decirte es, que cuando lo veas te lo creas. Los presupuestos 2016 que ha presentado la Junta no animan a pensar que será.
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Re: RECUPERACION DEL 100% DE LA JORNADA DE TRABAJO

Notapor elTETE » 20 Nov 2015 00:22

SE puede quedar un trabajador laboral no fijo con el 90%, y asi quede mermado al 90% horario y sueldo. Es decir que si alguien le interese seguir con el 90% y no volver al 100%.¿Puede? Pues en mi caso mis circunstancias familiares seria dificil de llevar.
elTETE
 
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Re: RECUPERACION DEL 100% DE LA JORNADA DE TRABAJO

Notapor Pepag. » 20 Nov 2015 09:59

elTETE escribió:SE puede quedar un trabajador laboral no fijo con el 90%, y asi quede mermado al 90% horario y sueldo. Es decir que si alguien le interese seguir con el 90% y no volver al 100%.¿Puede? Pues en mi caso mis circunstancias familiares seria dificil de llevar.


Buenos días, según la Instrucción 4/2012 sólo el personal funcionario de carrera o personal laboral fijo podrán solicitar voluntariamente la reducción de su jornada laboral artículo 9.2.C y artículo 9.2 D. Si podrías, acogerte a una reducción de jornada de trabajo reducida por razones de guarda legal o cuidado de un familiar hasta segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad artículo 9.1.I. Te copio el enlace a la instrucción para que la puedas leer. Saludos.
https://ws045.juntadeandalucia.es/emple ... 2__.pdf&v=
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