• En cumplimiento a la Ley 26/2015 de 28 de julio, (BOE 29-7-2015), de modificación del sistema de protección a la infancia y adolescencia, que ha modificado el artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del menor, incorporando un nuevo apartado, el 5º, el cual determina:
“Será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales”
• A partir de la entrada en vigor de la modificación legal, será requisito “sine qua non” la presentación de CERTIFICACION (NO DECLARACIÓN JURADA) PARA LA FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS Y/O TOMAS DE POSESIÓN..
• Este Certificado se puede solicitar en persona en el Ministerio de Justicia, o con certificado digital, a través de la página web de dicho Ministerio (www.mjusticia.gob.es). El modelo de solicitud (790), se puede descargar de dicha página web, aunque no se transmite electrónicamente.
• PARA QUIENES YA TRABAJAN, y según puede leerse en el portal del Ministerio "Las personas que trabajan con menores en el ámbito de una relación laboral con una Administración Pública, no es necesario que lo soliciten de forma personal e individualizada, siendo suficiente con autorizar a la administración para la que trabajan a que acceda a su información penal a través de la Plataforma de Intermediación de Datos que gestiona el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas."
• Sin embargo, será requisito obligatorio la presentación del "Certificado de antecedentes penales" para poder acceder por movilidad de salud laboral a puestos de trabajo en los que los usuarios sean menores de edad.
http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellit ... entes#como