funciones superiores

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funciones superiores

Notapor lucialamejor » 05 Abr 2016 11:53

Hola quería preguntar después de haber realizado funciones de superior categoría en este caso auxiliar administrativo, se puede hacer una clausula para estar seis meses mas pero sin que te lo reconozcan y al no reconocértelo como te sustituyen, eso se puede hacer? Un saludo
lucialamejor
 
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Re: funciones superiores

Notapor biblio43 » 05 Abr 2016 13:00

CAPITULO VII. Artículo 21. Movilidad Funcional Punto 2
2. La movilidad funcional correspondiente a categorías de un Grupo profesional superior no podrá exceder de seis meses, sin que el personal al que afecta pueda realizar estas funciones hasta transcurrido un año desde su finalización.
Para la encomienda de funciones correspondientes a un Grupo profesional superior se estará al que tenga mayor antigüedad en la Junta de Andalucía. No consolidará el salario ni la categoría profesional superior. Las funciones desempeñadas podrán alegarse como mérito a efectos de los procedimientos de promoción
Como puedes apreciar los seis meses son un máximo improrrogable y sólo se podrá repetir pasado un año desde la finalización de los seis meses primeros.
biblio43
 
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