GUADIANA escribió:Hola, tengo una duda, se que explicitamente en los traslados de laborales no se pide la titulación para concursar. Pero mi pregunta es: ¿ una persona que no tiene el titulo propio que requiere la categoría profesional tal y como viene reflejado en el convenio colectivo, puede seguir concursando en esa categoría pese a no poseer dicho título?. Es decir, un trabajador social que ocupe una plaza de logopeda, puede seguir concursando como logopeda pese a no tener el título de Logopeda que según el convenio te exige para pertenecer a esa categoría? De ser así, ¿hasta que punto eso es impugnable? Porque a unos se les exige la titulación en el acceso a fijo tal y como viene en el convenio colectivo y a otros no?. la categoría no debería de llevar implícita la titulación? Gracias.
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