por F.J. » 25 Oct 2016 20:17
Paso a aportar mi opinión, a la espera de otra posiuble mejor.
1º No te descuentan nada cobra el 100 por 100, tomando como referencia el mes anterior.
2º No da igual un accidente laboral que una baja por IT.
3º En caso de Accidente laboral quien tiene que tramitar es la mutua, que en nuetro caso es la propia Seguridad Social (SAS). Por ello debes dirigirte al medico y decirle que tramite tu baja como accidente laboral, posiblemente necesitaras algún papel de o para la empresa. Aunque si ha sido en el trabajo y has tenido que acudir a urgencias queda suficientemente acreditado que es un accidente laboral. Con esos papeles acude a un médico de cabecera.
El trabajador accidentado tiene derecho a la asistencia sanitaria para su recuperación. Esta asistencia implica tanto el tratamiento, las operaciones que sean necesarias, como la rehabilitación, hasta restablecer la salud.
Si es accidente laboral: En el caso de que un trabajador reciba el alta médica, y posteriormente sufra una recaída, es importante que acuda de nuevo al médico, para que sea vuelto a dar de baja por accidente de trabajo, debido a esta recaída, tiene ventajas respecto a ser considerada una baja por enfermedad común o accidente no laboral. Un ejemplo es que al ser considerado accidente laboral y quedan secuelas estas son tenidas en cuenta en un futuro, e incluso si se sufre un agravamiento derivado del accidente.
Saludos y disculpa la brevedad.