Gripe, enfermedad que dar derecho al 100% del cobro de la IT

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Gripe, enfermedad que dar derecho al 100% del cobro de la IT

Notapor F.J. » 08 Feb 2017 21:11

Salvo criterio mas cualificado.
Posibilidad del cobro del 100 % de nuestro salario desde el primer día cuando nos encontramos de baja por Incapacidad laboral Transitoria (I.T.) motivada por la GRIPE.

En las Instrucción 1/2016, publicada en el BOJA nº 219 de 25 de noviembre de 2016 se publica la Resolución de 10 de noviembre de 2016, de la Secretaría General para la Administración Pública, de actualización del régimen de complementos para la situación de incapacidad temporal y de retribuciones para las ausencias por enfermedad.
En la resolución se regulan los supuestos excepcionales a los que no les será de aplicación los hasta cuatro días (por años) de ausencia sin baja que tenemos recogido en convenio. Y que darán derecho asimismo a que se complementen al cien por cien las prestaciones económicas de la incapacidad temporal.
En concreto en el punto 4º se recoge:
“Otras enfermedades graves y/o sujetas a declaración obligatoria. Se entenderá por tales aquellos procesos patológicos susceptibles de ser padecidos por adultos que estén contemplados en el Anexo I del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave”.
Entre las enfermedades de declaración obligatoria se encuentra la GRIPE, dado su carácter epidemiológico.

Enlace actualizado de Anexo I, ENFERMEDADES DE DECLARACIÓN OBLIGATORIA:
http://www.juntadeandalucia.es/boja/2015/228/1

Enlace al BOJA con la Resolución de 10 de noviembre de 2016, de la Secretaría General para la Administración Pública, de actualización del régimen de complementos para la situación de incapacidad temporal y de retribuciones para las ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal.
http://www.juntadeandalucia.es/boja/201 ... 102169.pdf
F.J.
 
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