rau19041979 escribió:Buenas tardes, me han informado compañeras de otro sindicato que pasaron por mi cole que la junta ofrece unas ayudas para personas con discapacidad.
Pero no se si hay se engloban también las personas con minusvalia y saber si puedo optar a ese tipo de ayudas pues tengo una minusvalia del 51% gracias
En este enlace tienes la normativa y modelo solicitud.
http://asp-laborales.ustea.org/node/2846art.16
1.Esta modalidad de ayuda consistirá en una prestación económica destinada a compensar los
gastos ocasionados por el tratamiento, rehabilitación o atención especializada de las discapacidades físicas, mentales, intelectuales o sensoriales del personal empleado público o de sus familiares.
2. No estarán cubiertos por esta modalidad de ayuda los gastos que sean objeto de la ayuda regulada en la
Sección 1.a de este Capítulo, ni los gastos farmacéuticos. Quedan también excluidos los gastos de cuotas asociativas, los derivados de alergias o intolerancias alimentarias, pruebas diagnósticas, consultas médicas de diagnóstico o cualesquiera otros que no estén específicamente destinados a la finalidad señalada en el apartado 1 de este artículo.
Sección 1.a de este Capítulo NO ESTÁ INCLUÍDO EN LA AYUDA DISCAPACIDADCAPITULO II
AYUDAS DE ACTIVIDAD CONTINUADA. DISPOSICIONES ESPECIFICAS
Sección 1.ª Ayuda médica, protésica y odontológica
Artículo 13. Concepto.
1. Esta modalidad de ayuda consistirá en una prestación económica destinada a sufragar, en la cuantía que se determine, los gastos habidos con ocasión de la adquisición de prótesis o atención médica especializada, no cubiertas por el sistema de Seguridad Social, Instituto Andaluz de Servicios Sociales u otro organismo o sistema mutualista de carácter público.
2. Por cada submodalidad de prótesis o acto médico sólo se podrá obtener una ayuda por ejercicio y beneficiario, salvo que la misma resulte necesaria según prescripción facultativa, por suponer modificación respecto a la situación anterior.
3. En tratamientos continuados se solicitará la ayuda una vez finalizado el mismo.
4. La ayuda médica, protésica y odontológica abarcará las siguientes submodalidades:
a) Prótesis dentarias:
- Dentadura completa.
- Dentadura superior o inferior.
- Piezas sueltas o endodoncias.
- Obturaciones o empastes.
- Implantes osteointegrados.
- Ortodoncia.
b) Prótesis oculares:
- Gafas completas.
- Gafas bifocales.
- Gafas progresivas.
- Renovación de cristales.
- Renovación de cristales bifocales.
- Renovación de cristales progresivos.
- Lentillas.
c) Prótesis auditivas y de fonación:
- Audífonos.
- Aparatos de fonación.
d) Intervenciones quirúrgicas:
- Intervenciones oculares.
- Periodoncia.
- Las que se acuerden en la Comisión y Subcomisión de Acción Social.
e) Otras prótesis no quirúrgicas, aparatos especiales,
vehículos de inválidos y ortesis.
Sólo podrán solicitarse aquellas prótesis no quirúrgicas, aparatos especiales, vehículos de inválidos y ortesis que no figuren en la relación de prestaciones que conceda la
Administración Pública competente o hayan sido expresamente denegados por ésta.