Traslado 2017

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Re: Traslado 2017

Notapor mabech » 20 Abr 2017 12:15

Me gustarìa saber que modificación han hecho en el apartado 7 del art.20 Han cambiado algo?
mabech
 
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Re: Traslado 2017

Notapor Arcangel » 20 Abr 2017 12:34

Buenas tardes, ahora que pasará con los que cambiamos de consejería y empezábamos las vacaciones el 1 de julio????
En fin como dije en un anterior post "resignación".
Un saludo
Arcangel
 
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Re: Traslado 2017

Notapor serbi_ » 20 Abr 2017 12:36

Que pena con lo facil que lo tenian parahacerlo bien, y siguen rompiendolo todo, "LASTIMA".
serbi_
 
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Re: Traslado 2017

Notapor Gabriela » 20 Abr 2017 12:45

Buenos días, compañera mabech ha comentado :


Me gustarìa saber que modificación han hecho en el apartado 7 del art.20 Han cambiado algo?



La reunión de portavoces es para aprobar en comisiónde convenio la siguiente modificación que incluya en dicho apartado 7 art. 20 lo siguiente:

Se tiene que pasar por la Comisión de Convenio para aprobar que en los códigos múltiples el indefinido no fijo de menor antigüedad sea el desplazado de su actual plaza.



Llevo un mes diciendo preguntando ¿cuándo Comisión de Convenio? Y para estos compañeros-as que parecen los trabajadores-as mimados de la Administración que son ellos los únicos que existen, se convoca comisión de conveniocuando son trabajadores temporales que sólo han ganado una sentencia. Vivir para ver.
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Re: Traslado 2017

Notapor OSOLOBO » 20 Abr 2017 13:18

Gracias a tod@s por vuestras aportaciones, especialmente al compañero FLO que en cuanto sabe algo nuevo lo comunica.
Por lógica, entiendo que hasta que no se convoque comisión de convenio, se apruebe en ella la modificación para que en los códigos múltiples salga el de menor antigüedad, se envíe a boja la modificación, se publique en boja la citada modificación...; hasta entonces temo que no se publicará en boja la resolución del traslado que todos esperamos. A pesar de esto la administración debería publicar cuanto antes los listados definitivos, de forma que unos y otros podamos ir organizandonos con tiempo, tanto los que tomemos posesión en diferentes puestos como para que quienes salen desplazados.
En todo caso, la falta de previsión, la desinformación y la prepotencia con la que está actuando la administración es deplorable e indignante.
OSOLOBO
 
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Re: Traslado 2017

Notapor FLO » 20 Abr 2017 13:20

mabech escribió:Me gustarìa saber que modificación han hecho en el apartado 7 del art.20 Han cambiado algo?


El art. 20 no contemplaba el caso de qué indefinido no fijo sale en el caso de estar en códigos multipuestos y deban salir algunos, no todos, no se le puede aplicar la instrucción 2-3/2013 porque afecta a personal temporal sólo. Y el apartado 7 del art. 20 sólo establece que se hará un listado por antigüedad en la Administración para realizar las reubicaciones, pero no dice quién sale en el caso de códigos multipuestos. Para ello se ha aprobado un apartado que lo regula atendiendo a la antigüedad en la Administración pública, ya que ese es el criterio establecido para el ordenamiento de los listados provinciales de reubicación.

Desde Ustea se planteó, en solitario, desde un principio utilizar el mismo criterio de la instrucción 2/2013 para los indefinidos no fijos tanto para salir como para reubicar pero no se atendió nuestra propuesta. Saludos.
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Re: Traslado 2017

Notapor Gabriela » 20 Abr 2017 13:38

Buenas tardes, pues leyendo el punto 7.2::

7.2. En el caso de que en la misma categoría profesional y localidad resulten desplazadas dos o más personas con la condición de indefinidas no fijas, se incluirán en un listado para cada categoría y localidad cuyo orden de prelación, de mayor a menor, se determinará en función de la antigüedad total en las Administraciones Públicas que figure inscrita en el Registro General de Personal a la fecha de la publicación de la convocatoria del concurso de traslados.
En caso de que para la misma categoría profesional y localidad existan dos o más personas con la misma antigüedad, se considerará preferente. CRITERIO: ANTIGÜEDAD ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. De no resolverse el empate de este modo, se dilucidará tomando la letra inicial del primer apellido y siguiendo el orden alfabético, comenzando por la letra que haya resultado del último sorteo celebrado para determinar el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas, resolviéndose en cualquier caso a favor de aquel trabajador o trabajadora indefinido no fijo cuya letra inicial del primer apellido esté primera siguiendo el orden alfabético.

Se deduce que sale en un código múltiples el que lleva menos antigüedad en la Administración.
Gabriela
 
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Re: Traslado 2017

Notapor FLO » 20 Abr 2017 13:50

Gabriela escribió:Buenas tardes, pues leyendo el punto 7.2::

7.2. En el caso de que en la misma categoría profesional y localidad resulten desplazadas dos o más personas con la condición de indefinidas no fijas, se incluirán en un listado para cada categoría y localidad cuyo orden de prelación, de mayor a menor, se determinará en función de la antigüedad total en las Administraciones Públicas que figure inscrita en el Registro General de Personal a la fecha de la publicación de la convocatoria del concurso de traslados.
En caso de que para la misma categoría profesional y localidad existan dos o más personas con la misma antigüedad, se considerará preferente. CRITERIO: ANTIGÜEDAD ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. De no resolverse el empate de este modo, se dilucidará tomando la letra inicial del primer apellido y siguiendo el orden alfabético, comenzando por la letra que haya resultado del último sorteo celebrado para determinar el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas, resolviéndose en cualquier caso a favor de aquel trabajador o trabajadora indefinido no fijo cuya letra inicial del primer apellido esté primera siguiendo el orden alfabético.

Se deduce que sale en un código múltiples el que lleva menos antigüedad en la Administración.



El literal no dice nada de mismo código, habla de misma categoría y localidad. Y habla que resulten desplazadas se incluirán en un listado, que establecerá el orden de prelación para solicitar los puestos ofertados en la reubicación. Lo que hay que regular es quién sale desplazado en el caso de código multipuesto, que no viene regulado. Y una vez esclarecido esto, los que salgan irán a ese listado por el orden establecido al efecto. Saludos.
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Re: Traslado 2017

Notapor Gabriela » 20 Abr 2017 13:54

Buenas tardes, una vez más el sindicato de los csif en su página web añade algo nuevo e importante sobre los trabajadores temporales que afecta sobre 700, expongo el comunicado para debatirlo y saber lo que quiere decir:



•FUNCIÓN PÚBLICA NOS INFORMA QUE LOS LISTADOS DEFINITIVOS SALDRÁN EN 10-15 DÍAS.
•LA INCORPORACIÓN SERÍA EL 1 DE JULIO.
•AFECTA A 700 TRABAJADORES TEMPORALES APROXIMADAMENTE EN ANDALUCÍA. ESTÁN ESTUDIANDO LA FORMA DE RECUPERAR AL MAYOR NÚMERO POSIBLE DE TRABAJADORES


Saludos.
Gabriela
 
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Re: Traslado 2017

Notapor Jone » 20 Abr 2017 13:59

La forma de recuperar es que vuelvan a bolsa y despues llamen para cubrir todas las vacantes. Todavia estoy esperando que me recuperen a mí desde que me cesaron.
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