NESS* escribió:NESS* escribió:Gracias Flo. Una pregunta más: ¿ la reducción horaria puede hacerse en un día? es decir, trabajar de lunes a jueves, por ejemplo.
Alquien lo sabe?
En comentario anterior, Flo te indica el apartado concreto de la Instrucción 4/2012 en el que vienen desarrollados los diferentes casos de reducción de jornada. Ahora bien, si se trata de conciliación de la vida laboral y familiar, el artículo 34.8 del ET dice:
"El trabajador tendrá derecho a adaptar la duración y distribución de la jornada de trabajo para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en los términos que se establezcan en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo previsto en aquélla”. Dicho esto y aunque no es lo habitual, lo normal es la realización de la
reducción de jornada diaria, se puede llegar a un pacto entre las partes.
Salvo mejor opinión.
Saludos.