Sentencia importante para el personal laboral temporal !!

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Re: Sentencia importante para el personal laboral temporal !

Notapor FLO » 24 Abr 2017 09:39

MARX escribió:Se podría reclamar con carácter retroactivo esta indemnización, me explico, los que ahora somos fijos y que, en algún momento fuimos cesados, por ejemplo en el año 2000 ?. También podríamos reclamar que conste que somos fijos desde que se produjo el fraude de ley aunque fuera hace mucho tiempo?. Gracias.


Entiendo que no.
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Re: Sentencia importante para el personal laboral temporal !

Notapor Jone » 24 Abr 2017 10:37

Muchas gracias
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Re: Sentencia importante para el personal laboral temporal !

Notapor Catalanx » 25 Abr 2017 10:51

Bueno dias Flo respecto a la respuesta de ....entiendo que no ....esto es seguro??, me explico ,esta a balada esta respuesta con el gabinete judirico gracias
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Re: Sentencia importante para el personal laboral temporal !

Notapor FLO » 25 Abr 2017 17:58

Catalanx escribió:Bueno dias Flo respecto a la respuesta de ....entiendo que no ....esto es seguro??, me explico ,esta a balada esta respuesta con el gabinete judirico gracias



Es que no. Está fuera de plazo.
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Re: Sentencia importante para el personal laboral temporal !

Notapor PAKOAL » 02 May 2017 19:12

Uno que va a ser cesado proximamente,segun todo lo leido anteriormente, ¿ si quieres finiquitio, tienes que denunciarlo ?
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Re: Sentencia importante para el personal laboral temporal !

Notapor FLO » 02 May 2017 21:47

PAKOAL escribió:Uno que va a ser cesado proximamente,segun todo lo leido anteriormente, ¿ si quieres finiquitio, tienes que denunciarlo ?


La indemnización de 20 días por año trabajado sí, puesto que la normativa actual no lo contempla, a día de hoy. Hay que ganarlo en los juzgados. Saludos.
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Re: Sentencia importante para el personal laboral temporal !

Notapor PAKOAL » 03 May 2017 09:32

Paciencia y ya cobraremos,Saludos.
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Re: Sentencia importante para el personal laboral temporal !

Notapor Pancho » 03 May 2017 16:33

Buenas, a los que nos han pisado la plaza y llevamos mas de 3 años en la Junta, cuando tenemos que presentar la demanda solicitando que nos declaren Indefinidos no fijos, ya o hay que esperar a que nos notifiquen por escrito el cese en el puesto de trabajo?
No pregunto por de los 20 días por año trabajado que eso si tengo claro que es cuando nos cesen. Gracias
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Re: Sentencia importante para el personal laboral temporal !

Notapor FLO » 05 May 2017 08:44

Pancho escribió:Buenas, a los que nos han pisado la plaza y llevamos mas de 3 años en la Junta, cuando tenemos que presentar la demanda solicitando que nos declaren Indefinidos no fijos, ya o hay que esperar a que nos notifiquen por escrito el cese en el puesto de trabajo?
No pregunto por de los 20 días por año trabajado que eso si tengo claro que es cuando nos cesen. Gracias



Si entiendes que tu contrato está en fraude de ley. Debes hacer la demanda antes de finalizarlo. De todos modos, lo mejor será ponerte en contacto con tu asesoría jurídica. Saludos.
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Re: Sentencia importante para el personal laboral temporal !

Notapor FLO » 05 May 2017 08:58

Me comunican desde USTEA MÁLAGA que se ha ganado otra sentencia sobre la indemnización de 20 días por año trabajado.
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