Sentencia importante para el personal laboral temporal !!

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Re: Sentencia importante para el personal laboral temporal !

Notapor marieta » 05 May 2017 09:48

Buenos días! referente a los 20 días por año cundo debemos solicitarlo? Cuando cesemos o antes .
gracias.
marieta
 
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Re: Sentencia importante para el personal laboral temporal !

Notapor FLO » 05 May 2017 10:12

marieta escribió:Buenos días! referente a los 20 días por año cundo debemos solicitarlo? Cuando cesemos o antes .
gracias.


En los 20 días a partir del cese.
FLO
 
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Re: Sentencia importante para el personal laboral temporal !

Notapor mike » 08 May 2017 09:22

Buenos días, si es por despido improcedente porque piensas que tu contrato está en fraude de ley,la indemnización es de 45 días por año trabajado hasta la reforma del 2012, a partir de entonces sería de 33 días por año trabajado, hasta un máximo de 24 mensualidades. Esto lo digo para aquellos que piensan que su contrato debería ser indefinido no fijo porque está en fraude de ley.
mike
 
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