Buenos días:
Pego lo que dice al respecto el Reglamento de Regulación de Bolsa de Trabajo de Temporales Personal laboral 2007 en su apartado séptimo punto 4.1:
"4.1. En los llamamientos individuales, la comunicación telefónica se realizará a los números
facilitados por los interesados en la solicitud de participación en los procesos de acceso y/o en el modelo
de actualización de datos recogido en el Anexo I del presente Reglamento.
Contactado con el interesado, este dispondrá de un plazo de 1 día, a partir de ese momento, para
dar una respuesta. De no recibirse la misma en dicho plazo, y tras intentar nuevo contacto telefónico con
el interesado, se considerará que renuncia injustificadamente a la oferta, quedando excluido de la Bolsa de
esa categoría.
Cuando no exista urgencia de cobertura inmediata, así como
en los casos en los que no es posible
contactar telefónicamente con el interesado, la notificación del llamamiento se realizará vía telegrama,
burofax u otros medios similares. En este caso la persona candidata tiene un plazo de 3 días, a contar
desde el intento acreditado de notificación, para dar una respuesta; para ello se especificará en dicha
notificación la fecha y hora de emisión de la misma. De no recibirse respuesta en dicho plazo, el Servicio
de Administración Pública entenderá que el candidato renuncia a la oferta, quedando el candidato excluido
del llamamiento concreto que se le estuviera efectuando."
Enlace a Reglamento:
https://ws045.juntadeandalucia.es/emple ... ortal=truehttps://ws045.juntadeandalucia.es/emple ... c=41769&v=Saludos.