monts73 escribió:hola,buenos días!... pues a mí sigue sin quedarme claro el q haya q aportar la documentación q ya está recogida en la hoja de acreditación de datos, puesto q en las bases pone q no es necesario, a mi entender es duplicar los documentos ... no sé q hacer!
Y por otro lado, al mandarlo telemáticamente no dice nada d q deban d ser fotocopias escaneadas y compulsadas, ya q lo q mandas son los originales escaneados y la plataforma firma digitalmente todo lo q vas adjuntando, no tendría sentido mandar una fotocopia compulsada pq mandas el original... aunque puede q m esté confundiendo.
Y por último, ¿si hay q volver a mandar todo lo q ya tienen n la HAD, tb hay q incluir contratos, convenios y vida laboral d esa documentación q ya tienen?
Todo lo que esté recogido en la H.A.D. no hay que volver a aportar.
El procedimiento de compulsa sólo lo pueden hacer funcionarios. Enviar escaneado el original, en algún momento tendrá que compulsarlo un funcionario. Ya que pueden enviarse perfectamente y con facilidad documentos manipulados digitalmente. De todas formas la plataforma que han puesto es para adjuntar escaneados los documentos, tal cual. No indica nada sobre la autenticación de los mismos.