JOSE COLROD escribió:5. Las personas aspirantes que reúnan los requisitos exigidos en esta convocatoria podrán concursar de forma simultánea a cualquiera de las categorías profesionales convocadas, pudiendo a su vez optar a la provisión de las plazas contenidas en el Anexo II, apartado 1, vinculadas a la ejecución de las Ofertas de Empleo Público ordinarias y /o a la provisión de las plazas contenidas en el Anexo II, apartado 2, vinculadas a la ejecución de las Ofertas de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal.
GII escribió:JOSE COLROD escribió:5. Las personas aspirantes que reúnan los requisitos exigidos en esta convocatoria podrán concursar de forma simultánea a cualquiera de las categorías profesionales convocadas, pudiendo a su vez optar a la provisión de las plazas contenidas en el Anexo II, apartado 1, vinculadas a la ejecución de las Ofertas de Empleo Público ordinarias y /o a la provisión de las plazas contenidas en el Anexo II, apartado 2, vinculadas a la ejecución de las Ofertas de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal.
¿Pero esto es para las personas que ya son fijas,que ocupen el mismo grupo y categoria?porque por lo poco que he visto creo que son todos del GIII,en esto esroy muy perdid@.¿me podrias pasar enlace de convocatoria?
FLO escribió:Esta convocatoria es para toda persona que quiera acceder a fijo a una categoría de la Junta. Sólo tiene que cumplir con los mismos requisitos que para una oferta ordinaria. Un fijo no puede acceder por concurso a otra plaza fija de su misma categoría. Puede un fijo echar la solicitud para otra categoría? Sí, claro. Otra cosa es que logre reunir puntos suficientes para ganarla en el concurso. Saludos.
heli escribió:Todavía no me queda claro. Para las plazas de estabilización...¿hay que ser personal laboral temporal, o también puede acceder de la "calle"?
Gracias.
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