luisma escribió:Buenas Tardes
¿Podría alguien decirme si se prevee que cuando salga publicada la bolsa unica habrá posibilidad de apuntarse a ella los que no se hubieran apuntado?.
Sí. Te adjunto el punto del reglamento donde viene especificado.
8. Actualización
Una vez constituida definitivamente la Bolsa Única común, quedará abierto de forma permanente
el plazo para la actualización de méritos y cuantos datos figuran consignados en la solicitud
inicial, que se realizará exclusivamente de forma telemática .
En dicho periodo podrán también presentarse solicitudes para la incorporación de nuevos
candidatos a la Bolsa, mediante sistema electrónico a través de la página Web del Empleado
Público, sin perjuicio de lo dispuesto en el articulo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.
Las personas candidatas victimas de violencia de género, aquellas que hayan sufrido agresión en
el desempeño de sus funciones o las victimas de acoso sexual, podrán modificar en cualquier
momento su solicitud de preferencias . La acreditación de la primera de las causas podrá
efectuarse por cualquiera de los medios establecidos en la normativa vigente, en los otros dos
supuestos se requerirá aportación de la correspondiente denuncia judicial. El cambio será efectivo
a partir del día siguiente a la recepción en el Servicio de Administración Pública competente de la
solicitud de modificación de preferencias.
La Bolsa Única común sera objeto de actualización con una periodicidad anual que incluirá todos
los méritos correspondientes a la documentación recibida hasta el 31 de octubre del año en curso
natural anterior. Dicha documentación habrá de referirse en exclusiva a méritos hasta el 31 de
diciembre del año anterior a la presentación. Idéntica regla se seguirá para la incorporación de
nuevos integrantes a la Bolsa Única común. La documentación recibida con posterioridad a la
fecha indicada será objeto de consideración en la siguiente actualización.
Los listados provisionales de admitidos, excluidos e integrantes actualizados se publicarán
mediante Resolución de la Dirección General competente en materia de Función Publica durante
el mes de enero de cada año habilitándose un periodo de alegaciones.
Resueltas las alegaciones presentadas se procederá a la publicación de los listados definitivos
actualizados, por Resolución de la Dirección General competente en materia de Función Pública,
del que se seleccionará a la persona candidata para la cobertura de todas las necesidades que
surjan durante el año natural, hasta la siguiente actualización. La Resolución que publique los
listados definitivos podrá ser objeto de impugnación en los términos establecidos en la normativa
vigente
MÁS INFO:
http://asp-laborales.ustea.org/node/3346SALUDOS.