FLO escribió:jazzlips escribió:Con respecto a este tema, si una reclamacion interpuesta reconoce por sentencia a un interino la condicion de indefinido no fijo y ya esta cesado, me imagino que la proxima vez que se le contrate, seria con esa nueva condicion adquirida en el juzgado, no?
No es así. Si reconocen indefinido no fijo en la sentencia dirá qué te corresponde por circunstancias propias del caso concreto. Y dependiendo del fallo la Administración actuará en consecuencia por lo que éste contenga. No se adquiere una condición y se guarda para próximas ocasiones!! Saludos.
Entonces si que es un poco cierto la inutilidad de lo conseguido...., a ver, me explico paso a paso
- eres interino y consigues que te reconozcan indefinido no fijo y se generan dos opciones:
a) te llega el reconocimiento cuando ya te han cesado ( y por lo tanto segun tu dices solo valdria para que te indenmizaran) y cuando te
volvieran a avisar por bolsa o contrato volverias a ser interino
b) te llega el reconocimiento estando aun con contrato en vigor y te quedas trabajando hasta la proxima OEP, puesto que no te pueden echar
por promocion ni traslado ( pero si en esa OEP no consigues plaza te indemnizan pero vuelven a llamarte con la condicion de interino, no
como indefinido no fijo ).
Entrariamos en un absurdo de tener que estar reclamando esa condicion cada vez que te contraten con contrato temporal. ( de la bolsa por ejemplo )
Es asi?.
Gracias. Un saludo