por Laboralito » 19 Ago 2026 22:43
La incorporación efectiva a los destinos adjudicados se efectuará en el referido día
1 de septiembre si no implica cambio de residencia, o en el plazo de un mes desde
esta fecha si comporta cambio de residencia, con la obligación, en este último caso, de
acreditar de forma fehaciente dicho cambio.