Almeria26 escribió:Buenas tardes, yo creo que el actual grupo II pasa a ser 1.2 ya que para pertenecer a este grupo hay que tener una titulación universitaria (ingenieria técnica , arquitectura técnica, las antiguas diplomaturas, etc) y el actual grupo III se divide en dos, no creo que el nuevo grupo 2, que es una de las divisiones del III, cobre lo mismo que los del antiguo grupo II y tampoco creo que puedan acceder a las plazas del antiguo grupo II. Supongo que es un "grupo o subgrupo" nuevo que veremos como lo encajan, pero a nivel económico dudo que lo equiparen al antiguo grupo II, salvo que al antiguo grupo II lo equiparen al antiguo grupo I. Creo que todo esto va mas para la posible funcionarización del personal que por los efectos económicos. Y ya que estamos cuando van a firmar el convenio para que abran el plazo para solicitar esto. Un saludo
Los grupos propuestos en VII CONVENIO son los siguientes:
GRUPO 1--- Subgrupo 1.1 equivalente al A1 de funcionario y al actual GRUPO I
... Subgrupo 1.2 equivalente al A2 de funcionario y al actual GRUPO II
GRUPO 2 : equivalente al B de funciónario. Grupo de nueva creación (aunque ya venía regulado en el TREBEP desde hace muchos años!!) En este grupo nuevo se integran todos los que tengan como requisito de titulación FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR /Certificado profesional de nivel 3.
GRUPO 3 : Subgrupo 3.1 Bachiller ACTUAL GRUPO III y Subgrupo 3.2 ESO ACTUAL GRUPO IV
GRUPO 4: ESO --ACTUAL GRUPO V
En las tablas salariales el nuevo grupo 2 NO TIENE EL SUELDO DEL ACTUAL GRUPO II. Todas los conceptos retributivos están ubicados proporcionalmente entre las remuneraciones del grupo 1.2 y del grupo 3.1 En los conceptos que hay cuantías comunes por grupos, caso de trienios, jornadas de tarde, turnos etc... el grupo 2 se asocia a los grupos 3 y 4, nunca al 1 (que era la petición de USTEA, en base a que la titulación requerida está en el marco normativo europeo de la Enseñanza Superior . Hasta ahí, no obstante, podemos decir que se respeta el nuevo status del nuevo grupo 2 con un incremento retributivo acorde a dicha reclasificación.
Pero eso no se produce en el caso de la Evaluación del desempeño y de la carrera profesional, que no suben las remuneraciones como corresponde a su nuevo status de grupo 2 equiparado al grupo B de funcionario que sí contempla su actualización económica. En este caso se reclasifica de grupo pero no económicamente, se paga como si no hubieran reclasificado de manera totalmente anómala y radicalmente discriminatoria. Saludos.
