tocaito escribió:Existe alguna razón para que se de solución extraordinaria y prioritaria por la Comisión de Convenio a la carrera profesional horizontal que tarde o temprano se liquidará sin coste para nadie y con efectos retroactivos desde enero 2026 y se aparque la jubilación parcial que puede suponer un coste vitalicio para quien se acoja a ella a principios de 2027 pudiendo haberlo hecho antes de la finalización de este ejercicio con aplicación de la revisión de IPC (previsible y del entorno al 4% respecto al 75% de la pensión) y que, por lo menos para la mayoría de los casos, será gratuita para la Administración hasta abril del 2027.
Gracias
FLO escribió:tocaito escribió:Existe alguna razón para que se de solución extraordinaria y prioritaria por la Comisión de Convenio a la carrera profesional horizontal que tarde o temprano se liquidará sin coste para nadie y con efectos retroactivos desde enero 2026 y se aparque la jubilación parcial que puede suponer un coste vitalicio para quien se acoja a ella a principios de 2027 pudiendo haberlo hecho antes de la finalización de este ejercicio con aplicación de la revisión de IPC (previsible y del entorno al 4% respecto al 75% de la pensión) y que, por lo menos para la mayoría de los casos, será gratuita para la Administración hasta abril del 2027.
Gracias
La razón esgrimida por la Administración es de origen presupuestario. Debe liquidarse dentro del año presupuestado: 2026. De ahí las prisas... Lo demás, van dentro del paquete del VII CONVENIO. Saludos.
Volver a Foro de Información General
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 15 invitados