por Rafa Rivero » 18 Ago 2010 23:52
En eso estás equivocado, los laborales nos regimos por lo que pone en nuestro contrato de trabajo y no es motivo de cese el que apruebes o no unas oposiciones. Los motivos por los que el contrato finaliza son los recogidos en las cláusulas del mismo. A quien ocupa una vacante, para que cese tienen que haberle pisado la plaza que ocupa en algún concurso (traslado, promoción o acceso).
Con respecto a lo que indicas de la norma, solo habla de que una bolsa quedaría anulada cuando se publique y entra en vigor la correspondiente a la siguiente OEP. Eso no significa que cuando se publique una bolsa haya que despedir a nadie por ese motivo, solo significa que cuando cese, si no forma parte de la bolsa vigente en ese momento, no podrá ponerse disponible para nuevas vacantes que pudieran surgir (por no ser de la bolsa), pero el hecho de publicarse una bolsa no es motivo para cesar a nadie, ni puede ser de otra forma pues cesar del trabajo a alguien por esa causa (publicar una bolsa) sería ilegal.
La bolsa procedente de la OEP es para cubrir vacantes (o asimiladas) que se produzcan a partir del momento en que están vigentes, no para cesar a quien viene ocupando vacantes cubiertas con anterioridad a la vigencia de esa bolsa. Los temporales que ocupan con anterioridad una vacante, que no ha sido adjudicada en ningún concurso, siguen ocupándola, pues no hay ningún motivo para cesarlos, independientemente de que la bolsa de la que fueron llamados esté vigente o no lo esté. El problema lo tendrán cuando cesen, que no podrán ponerse de nuevo disponible si no están formando parte de la bolsa vigente en ese momento.